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Stephanie Yarleque

25 noviembre 2023

1 min de lectura

Amplían plazo para presentar Declaración Jurada Anual y el pago del Impuesto a la Renta

El Gobierno peruano publicó la Ley N° 31478 este miércoles en el Diario Oficial El Peruano, la cual, amplía el plazo para presentar la Declaración Jurada Anual y pago del Impuesto a la Renta (IR) para las personas naturales y las micro y pequeñas empresas (MYPES) del régimen general del Impuesto a la Renta y del régimen mype tributario. Asimismo, quedarán excluidas las MYPES a las que se aplica la definición de grupo económico.

La ampliación de este plazo se debe a la situación económica actual, que ha dificultado a las personas y mypes a cumplir con sus obligaciones tributarias, por lo tanto, con ello se busca dar un alivio financiero.

Según la nueva ley, los contribuyentes beneficiados tienen como plazo hasta el mes de junio del 2024 para presentar su Declaración Jurada Anual y pagar el IR correspondiente al ejercicio fiscal 2023.

Dicha norma indica que el cronograma de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto a la renta (IR) de las personas naturales y las micro y pequeñas empresas, conforme al último dígito del registro único de contribuyentes (RUC), será publicado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). Además, este ente regulador determinará la fecha de presentación de la declaración y pago de los buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC. En el caso que las personas naturales y MYPES que no se acojan a lo establecido en la ley (artículo 4 y 5), recibirán incentivos, los cuales, también serán establecidos por SUNAT mediante resolución de superintendencia.

Cabe señalar que SUNAT será quien establecerá la forma, el plazo y las condiciones que se seguirán para el cumplimiento de lo dispuesto en la ley en un plazo máximo de 70 días calendario.